Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Quinto del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA la decisión dictada por este Tribunal en fecha 16-05-03, y en su lugar, le IMPONE al imputado ANDRES MIGUEL CLIMACO CISNEROS, las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, contenida en el artículo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Penal, cada Ocho (08) días, así como la presentación de dos (2) fiadores, que acrediten en su conjunto la cantidad de CIENTO OCHENTA (180) Unidades Tributarias, debiendo consignar para su verificación, los documentos que a continuación se señalan: Carta de Residencia, Carta de Buena Conducta, Constancia de Trabajo, todo.....