Vista la decisión dictada en fecha 21 de Marzo del año en curso, por este Juzgado Cuarto de Ejecución de este mismo Circuito Judicial y sede, cursante del folio 15 al 33 de las presentes actuaciones, mediante la cual DECLARO REDIMIDA LA PENA, que le fue impuesta al penado CARLOS JESUS QUIJADA ESPINOZA, en consecuencia, se acuerda practicar nuevo cómputo:
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, mediante la cual CONDENO al penado CARLOS JESUS QUIJADA ESPINOZA, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.889.627, venezolano, de 22 años de edad, natural de Los Teques, nacido en fecha 05-08-80, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en Sector la Cruz, final de la redoma, casa Nro. 117, Avenida Principal, Los Teques, Estado Miranda, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor respo.....