SEGUNDO: Se condena igualmente a los ciudadanos OSWALDO ANTONIO LANDAETA ESPAÑA, titular de la cedula de identidad N° V-17.115.892, de nacionalidad Venezolana, natural de Ocumare del Tuy, Municipio Tomas Lander, Estado Miranda, nacido el 29-10-1983, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Conductor, residenciado en, Carretera Cúa, San Casimiro, sector La Guadalupe, Municipio Rafael Urdaneta Estado Miranda, de padres EGLIS ESPAÑA (V) y OSWALDO LANDAETA (V) y ALEXANDER RAFAEL TORRES VILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-19.372.921, de nacionalidad Venezolana, natural de Cúa, Municipio Rafael Urdaneta, Estado Miranda, nacido el 18-12-1989, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Carretera Cúa Ocumare, Urbanización Altos de Tovar, casa Nº 24, de color Amarillo, cerca de la Estación de Ferrocarril, del Estado Miranda, de padres MARIA VILLA (V) y PEDRO TORRES (V), a las penas accesorias de ley establec.....