DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES de la causa signada con el N° 6C8267-02 seguida en contra de Jesús Miguel Cova Osuna y Miguel Ángel Morales, titulares de las cédula de identidad N° V-13.631.479 y V-14.583.779 por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 8, 9, 10, 12 y 314 del código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de lo anterior se DECRETA el CESE inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas así como de la condición de imputados de los ciudadanos Jesús Miguel Cova Osuna y Miguel Ángel Morales.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diari.....