"... este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, acuerda: PRIMERO: HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO TRANSACCIONAL ENTRE LAS PARTES, en los términos allí expuestos, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, del parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículo 10 del Reglamento de La Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas. En cuanto a la solicitud de las copias certificadas las mismas se ordenará por auto separado, una vez vencidos los lapsos establecidos en la Ley, recibidas las copias certificadas solicitadas, se ordenara el archivo judicial del respectivo expediente ..."