...el Tribunal, conforme al Artículo 590 del Código de Procedimiento Civil, exige a la parte solicitante, la constitución de fianza o garantía suficiente, hasta cubrir la cantidad de SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs.63.225.000,00), cantidad que comprende el doble de la cantidad por la cual fue estimada la demanda, es decir, la suma de VEINTIOCHO MILLONES CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 28.100.000,00) y las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal en un 25%, es decir, la suma de SIETE MILLONES VEINTICINCO MIL BOLIVARES, (Bs.7.025.000,oo), para lo cual la parte actora deberá dar cumplimiento a lo previsto en el Artículo 590 antes mencionado, y una vez conste en autos la consignación de la fianza, el Tribunal proveerá sobre la medida solicitada...