...ÚNICO: Se decreta medida de protección a favor de la ciudadana JOSMARSE YELISBETH CABRERA DE ACOSTA, venezolana, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad No. V-19.931.438, residenciada en: BARRIÓ LA MATICA, SECTOR VUELTA LARGA, SAN JOSE DE LA CONCHA, CASA N° 24, SIN FRISAR CON PORTON DE LAMINAS DE ZINC, LOS TEQUES, MUNICIPIO GUAICAIPURO, ESTADO MIRANDA, TLFS. 0212.893.19.21, 0412.932.41.74 y 0412.933.01.89, alcanzando tal medida de protección a su cónyuge, ciudadano DARWIN JONATHAN ACOSTA SALAZAR, de 23 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.148.275; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 30, 46 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con los artículos 23, 118, 119 numeral 1, y 120, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia, asimismo, con los artículos 2, 3, 4, 5, 7, 19, 21, numeral 9, 28, 30, 31, 34 y 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos.....