este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, actuando en función de Control en materia de Responsabilidad Penal de Adolescente, con sede en Ocumare del Tuy, actuando en función de control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente, según lo dispuesto en el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL en la presente causa, de conformidad con los artículos 561 literal E y 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, con motivo de la causa seguida al Joven Adulto PUELLO ESCORCIA OMAR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.011.688, residenciado en Mata de Coco, Sector la Redoma, Bloque 20, piso 04-04, Ocumare del Tuy, Estado Bolivariano Miranda y hace cesar todas las medidas de coerción que .....