DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Niega la solicitud de la defensa consistente en sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad por una menos gravosa y de posible cumplimiento a favor del ciudadano: Edwin Javier Espinoza, titular de la cédula de identidad N° V-14.481.463, de 23 años de edad, domiciliado en parte alta del barrio la Matica, callejón la Coromoto, casa sin número, Los Teques del Estado Miranda, conforme al contenido de los artículos 250 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, al considerarse que continúa vigente el peligro de fuga contenido en el artículo 251 numerales 2, 3 y parágrafo primero y 252 numeral 2 ejusdem.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 en su único apart.....