Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL DESTACAMENTO DE TRABAJO, con pernocta en su lugar de Habitación ubicado en los Leones del Palmar, por la Bajada de los Fiat casa N° 01, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, al penado LUIS ALFREDO CARREÑO, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.839.659, de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 64 ordinal 2° y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, quedando sujeto a las condiciones impuesta en la parte motiva de esta decisión, conforme a lo establecido en los artículos 495 y 496 ejusdem, en concordancia con el artículo 19 y 22 de la Constitución Bolivariana de Venezuela.
En consecuencia, líbrese los oficios al Director del Centro Penitenciario Yare I, al c.....