Se ejecutó la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 02-05-03, por el Juzgado Unipersonal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en contra del penado NARCISO ANTONIO CALDERON, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.948.713, que lo condenó a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por el delito de LESIONES PERSONALES GRAVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 417 en relación con el 426, ambos del Código Penal, al igual que las penas accesorias contempladas en el artículo 16 y 34 del Código Penal, quedando en consecuencia DEFINITIVAMENTE FIRME a tenor de lo pautado en el artículo 178 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: ORDENAR al Ministerio del Interior y Justicia a través de la Coordinación Zonal respectiva, el correspondiente INFORME PSICO-SOCIAL del penado ut-supra señalado a los fines de decidir la procedencia o no del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, conforme al artíc.....