Ahora bien, después del exhaustivo análisis, realizado a las pre4sentaes actas y considerando que el referido imputado se encuentra incurso en la comisión de uno de los delitos contra el orden público, previsto en el Código Penal y por la forma como se encontró lo objeto incautados, nos permite presumir que el mismo, podría pertenecer a una agrupación de banda organizada, para cometer hechos punibles de gravedad, sin embargo, tomando en consideración el Principio del Interés Superior del Niño, que establece los lineamientos que deben tomarse en cuenta para lograr en una situación determinada el desarrollo integral de los adolescentes, se considera que lo procedente y ajustado a derecho, a los fines de hacer posible el cumplimiento de la Medida cautelar Sustitutiva a la privación de libertad acordada, es modificarla en cuanto al contenido, en el sentido que los fiadores solicitados en la audiencia de presentación del día 19 de marzo de 2003, deben reunir todos los requisitos exigidos.....