Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le Confiere la Ley, declara SIN LUGAR la Recusación interpuesta por el Profesional del Derecho ARNALDO REQUENA CORONIL, a favor del ciudadano CARLOS RAMON RONDON PACHECO, contra la Juez RUBIA CASTILLO DE VASQUEZ, en su carácter de Juez Tercera de Primera Instancia Penal, en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, por no encontrar elementos de pruebas que pongan en duda la imparcialidad del referido Juzgador, y adicionalmente por no estar lleno el extremo legal previsto en el numeral 8º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, pues no quedo demostrado el motivo grave que afecte su imparcialidad.