...PRIMERO: Se declaran improcedentes las excepciones planteadas por la defensa privada, de conformidad con lo establecido en los artículos 313 numerales 1, 4 y 9, en concordancia con el contenido del artículo 308 numerales 2 y 3, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.;
SEGUNDO: Se admite totalmente la acusación Fiscal en contra del ciudadano GONZALEZ BRICEÑO JOSE GREGORIO, Titular de la cedula de identidad N° V-11.612.833, Nacionalidad: Venezolano, natural de Carora, estado Lara, de 43 años de edad, fecha de nacimiento: 28/05/1971, estado civil: soltero, grado de instrucción: segundo año aprobado, ocupación: electricista por su cuenta, hijo de: Candelaria Briceño (v) Y Amalio González (v), residenciado en: Carretera Vieja, Tocuyito sector el charal, casa sin numero cerca del chalet de los cubanos, casa de bloques, Carora, estado Lara, Municipio Libertador, Estado Carabobo Teléfono: 04140433434. Se admiten todas las pruebas documentales y testimoniales ofrecidas por el Representa.....