Por los planteamientos de hecho y de derecho expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en Cúa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES incoada por la profesional del Derecho Dra. MIRTHA THARIFFE DE MORA, Inpreabogado Nº 10.459, y titular de la cédula de identidad Nº V-4.285.435, en su carácter de apoderada judicial de la Empresa LUBRILAGO S.R.L., Sociedad de Comercio inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 7 de septiembre de 1979, bajo el Nº 45, Tomo 141-A-Pro, reformada primeramente en fecha 20-02-1997 bajo el Nº 76, Tomo 34-A-Pro y posteriormente el 3 de mayo de 2007, bajo el Nº 29, Tomo 61-A-Pro, ante la citada Oficina de Registro, conforme Poder conferido por ante la Notaria Pública del Municipio Autónomo Cristóbal Rojas del.....