DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta la Privación Judicial de Libertad a los imputados: MAYERLIN COROMOTO VARGAS BOLÍVAR, venezolana, soltera, oficios del hogar, nacido el 22-12-1.972, 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.824.248, residenciado en el sector Cardenal Tereceño, cuarta etapa, casa N° 6, Cartanal, Estado Miranda, hija de Carmen Bolívar (v) y de Raúl Vargas (v); y HERNAN JOSE BRITO CALZADILLA, venezolano, soltero, obrero, nacido el 29-04-1.973, 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.164.154, residenciado en el sector Cardenal Tereceño, cuarta e.....