Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado JOSE JESUS RIVERO BURGOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 91.452, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte accionante, ciudadana GLEYVE YAMILET REY VARGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-12.828.225, en contra de la decisión de fecha 11 de mayo de 2012, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
Segundo: se CONFIRMA bajo las consideraciones esgrimidas en la parte motiva del presente fallo, la decisión proferida en fecha 11 de mayo de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, que declaró SIN LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana GLEYVE YAMILET REY VARGAS, venezolana, mayor de edad y titul.....