...declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ALEXIS BERNARDO CARRILLO OROZCO y ARELIS ELIZABETH MARTINEZ DE CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.462.236 y 12.414.324, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 13 de Noviembre de 1998, contrajeron matrimonio ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Paracotos del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, según consta en el Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº 14, folio 14, de los Libros de Registro Civil de Matrimonio del año 1998, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.-