DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ACUERDA la REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO Y ESTUDIO a la penada ROXANA ISSET BOLIVAR ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-20.839.090, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 20-02-1.993, estado civil: soltera, de profesión u oficio: estudiante, residenciada en: calle principal del sector la Boyacá, ocumare del Tuy, municipio tomas lander, Estado Bolivariano de Miranda por un tiempo igual a CINCO (5) MESES, OCHO (8) DIAS Y DOCE (12) HORAS, conforme con lo previsto en el artículo 14° de la Ley de Redención Judicial de la Pena, por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con el artículo 479 numeral 1 de.....