Se dio curso a la presente causa por la demanda interpuesta, en fecha diez y seis (16) de junio de 2015, por el abogado de la parte actora ciudadana MIRIAN MEDINA CABELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.115.910, Abogado en ejercicio AHMED RIVERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.062, en contra de la demandada Entidad de Trabajo, AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 26 de octubre de 1962, bajo el N° 76, Tomo 34-A., correspondiendo su conocimiento al Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, quien dio curso a la demanda por ENFERMEDAD OCUPACIONAL E INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL, siendo admitida en fecha 22/07/2015.
En el caso de autos, en fecha 14 de agosto de 2015, folio 25 del expediente, se dejó constanc.....