DISPOSITIVA
En fuerza de la anteriores consideraciones, este Juzgado Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en el presente juicio de Reconocimiento de Documento Privado, seguido por la ciudadana: ESCARLI MIRIANY ACUÑA YANEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N°V-22.777.162, y por los anteriores razonamientos antes expuestos, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO La Homologación del Convenimiento a la demanda y el Reconocimiento del Contenido y Firma del documento de venta, en que la ciudadana: YULEIMA YURIBI SANCHEZ MARTINEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V-16.300.397, hoy vendedora, da en venta pur y simple perfecta e irrevocable a la ciudadana: ESCARLI MIRIANY ACUÑA YANEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, cédula de identid.....