, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos JOSÉ ALFONSO RODRÍGUEZ MORILLO y ÁNGELA VICENTA OROPEZA ARRIVILLAGA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.362.677 y V-4.057.700 respectivamente, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos JOSÉ ALFONSO RODRÍGUEZ MORILLO y ÁNGELA VICENTA OROPEZA ARRIVILLAGA, antes identificados, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 04 de febrero del año 1994, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Santos Michelena del Estado Aragua, lo cual se evidencia del Acta N° 11, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese Despacho, que acompañan a la solicitud marcada con la letra "A", inserta en el libro de matrimonios llevado durante el año 1994, y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y e.....