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SEGUNDO: CON LUGAR la presente demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue ADMINISTRADORA CENTRO MIRANDA C.A., contra ARTUR GONCALVES, y en consecuencia declara: PRIMERO: RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, celebrado entre las partes en fecha 01 de enero de 2002, y el cual versa sobre un inmueble constituido por un depósito comercial distinguido con el No. 1 del edificio MALLORCA, ubicado en la Avenida Roscio, Sector el Rincón de esta ciudad de Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, SEGUNDO: Se condena al demandado ciudadano ARTUR GONCALVES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No.6.276.408, a entregar el referido inmueble completamente desocupado y libre de bienes y personas; TERCERO: Se condena a cancelar la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES (Bs.389.925,00), equivalentes a la pensión de arrendamiento que debió cancelar el demandado, por los meses de Abril,.....