Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos JOSÉ LUIS MARRERO YSCULPI KENEDDY MARITZA RAMÍREZ, identificados ut supra, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en la resolución Nro. 2009-0006 de fecha 18/03/2009 DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JOSÉ RAFAEL REVETTE NAVARRO y GLORIA DIONICIA MARIN DE REVETTE, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.719.503 y V-4.288.009, respectivamente,sobre las bienhechurías ubicadas en un lote de terreno propiedad municipal, construida de paredes de bloque frizadas y pintadas, techo de acerolic, piso requemado, (03) habitaci.....