...declara:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda que por Simulación y consecuente nulidad de los documentos de fecha 03 de septiembre de 1999, el primero Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, bajo el N° 26, Protocolo Primero, Tomo 23 y el segundo, Autenticado por ante la Notaría Pública Cuadragésima Cuarta del Municipio Libertador del Distrito Federal anotado bajo el N° 27, Tomo 40 intentada por las ciudadanas MARIA LOURDES COLMENARES DE YEPEZ y JAZMIN KARINA AZOCAR COLMENARES en contra del ciudadano MAIER WERNER.
Por haber resultado la parte actora totalmente vencida en el presente fallo se condena en costas, conforme a lo establecido en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil.
Por cuanto el presente fallo fue dictado fuera del lapso previsto para ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes.
Déjese copia .....