Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano JUI PEDRO RUIZ GÓMEZ, parte demandada en el presente juicio, asistido del abogado Héctor Rafael Hernández, contra el auto de fecha 31 de mayo de 2004, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
Segundo: SE CONFIRMA en todas sus partes, el auto de fecha 31 de mayo de 2004, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
Tercero: De conformidad a lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civ.....