Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, específicamente Actas de Defunción Nro. 1290, de fecha 25/09/2014, emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador, Distrito Capital. Acta de Matrimonio Nro 333 de fecha 30/12/1985, celebrado por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guaicaipuro del estado Miranda; Actas de Nacimiento Nros 671 y 422, de fechas 07/07/1987 y 09/04/1991, respectivamente, emanadas de la Parroquia San Juan, Municipio, Libertador del Distrito Capital, así como, la declaración testimonial de las ciudadanas LIGIA BLASINA ÁVILA DE BECERRA y LEIRA JOSEFINA CARRILLO MARTÍNEZ, antes identificada, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordanci.....