...este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho conforme con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº-2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos SANTA CATALINA GIL, YOHAN JOSÉ MONTAÑA GIL, SANDRA KARINA MONTAÑA GIL, JESÚS ANTONIO MONTAÑA GIL, JOSÉ ALBERTO MONTAÑA GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.969.587, V-21.118.407, V-18.539.090, V-16.370.774, V-19.586.645, respectivamente, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDÉROS del causante: PEDRO ANTONIO MONTAÑA, quien fuera venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-4.284.689. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, constante de veintiséis (26.....