-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR DISPOSICIÓN DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por prescripción adquisitiva incoada por el ciudadano PEDRO ELÍAS RANGEL SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.504.556 en contra de la sociedad mercantil MESÓN EL MORICHAL, C.A, sociedad mercantil de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 03 de julio de 1986, bajo el Nro. 50, Tomo 3-A-sgdo, siendo su última modificación estatutaria de fecha 17 de diciembre de 2012, bajo el Nro. 07, Tomo 166-A.- SEGUNDO: Improc.....