Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de control, No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano GUZMÁN GALÍNDEZ GUSTAVO JOSÉ, venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, 22 años de edad, hijo de MARLENE MARGARITA GALÍNDEZ y DOMINGO GUZMÁN, indocumentado, y domiciliado en El Nacional, sector La Piedra, casa sin número, Los Teques, Estado Miranda; a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, por ser autor responsable del CONCURSO REAL O MATERIAL DE LOS DELITOS DE ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal en relación con el artículo 86 ejusdem, en agravio de los ciudadanos JOSÉ FORTUNATO SÁNCHEZ DUQUE y GALINDO RADA .....