DECISIÓN
Con fuerza en la motivación precedente, este JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LO TEQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: En aras de la facultad disciplinaria, que le confiere el artículo 341 del texto adjetivo penal al Juez Presidente; se Apercibe al abogado defensor, ALFREDO RAMPHYS JIMÉNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 31.969; de conformidad con lo establecido en los artículos 102 y 103 del Código Orgánico Procesal Penal; en virtud de haber incurrido durante el curso del juicio oral y público, en la causa signada bajo el N° 2M607-02, en faltas graves a los deberes que como defensor y profesional del derecho tiene; consagrados en los artículo 17, 18 y 35 del Código de Ética del Abogado Venezolano; ello a fin de mantener el orden y decoro durante el debate or.....