"... En cumplimiento de lo dispuesto por el acta de esta misma fecha, VEINTINUEVE (29) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE (2011), que corre inserta al folio 101 y 102 del expediente, siendo las 10:30 a.m. de este mismo día, la Jueza, dictó en forma oral conforme al desistimiento del procedimiento habido en juicio en razón de la incomparecencia de la parte demandante y de la comparecencia de la parte demandada a la Celebración de la Audiencia Preliminar fijada para este día y, en tal sentido, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, así: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO habido en el procedimiento incoado por el ciudadano ALBERTO ITRIAGO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.532.670, contra la INDUSTRIAS NIDO DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda baj.....