Declara: PRIMERO: Sin Lugar, el presente Recurso de Apelación interpuesto por el Profesional del Derecho EDGAR RAMON SALEH CANAAN, en su carácter de Defensor Privado del acusado JACKSON SMITH LOBO GODOY; SEGUNDO: CONFIRMAR la decisión dictada en fecha 02 de mayo de 2005, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, mediante la cual se CONDENA al ciudadano JACKSON SMITH LOBO GODOY, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS, UN (01) MES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de ASALTO A TAXI EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458, tercer aparte, en relación con el artículo 80, segundo aparte, ambos del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del ciudadano WLADIMIR JOSE MARTINEZ GALLARDO, de conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.