En virtud de las razones que anteceden este Tribunal Primero de Primera Instancia,, del Circuito Judicial Penal, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley ACUERDA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, al penado WILLIANS JOSE IGLESIA MONGES , quien SE ENCUENTRA INDOCUMENTADO, el cual culminará en fecha 26/07/2003, que deberá cumplir en el Municipio Libertador, Caracas, Barrio Arauco, Sector 3 , casa N° 22, San José de Cotiza. Líbrese Boleta de Excarcelación a nombre del penado WILLIANS JOSE IGLESIA MONGES, indocumentado, quien se encuentra recluido en el Internado Judicial Capital Rodeo II