Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta a los penados FERNANDEZ WILFREDO, CORRALES DIAZ CARLOS ALBERTO, EREIPA FERNANDEZ JOSE DANIEL, FERNANDEZ JHOAN JOSE, JACKSON JOSE NAVARRO SUAREZ Y VILLALTA JOSE GREGORIO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.302.661,13.903.105, 16.935.185, Indocumentado, 14.609.187 Y 18.841.495, respectivamente, por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial con sede en Los Teques, en fecha 24 de Noviembre de 2004. Todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.