...CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 04 de Diciembre de 2.008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Charallave.- SEGUNDO: CON LUGAR las pretensiones contenidas en el libelo de la demanda, y se condena a las empresas como solidariamente responsables GRUPO TRILOC, C.A. y INVERSIONES J.C., 370, C.A., al pago del concepto de vacaciones legales en la cantidad de BsF 3.806,96, debidamente calculado en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: SE ORDENA LA APLICACION de la Convención Colectiva de la Industria de la Construcción.- CUARTO: Se condena a pagar a las empresas co demandadas, GRUPO TRILOC, C.A. y INVERSIONES J.C., 370, C.A., de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los intereses moratorios de la cantidad condenada, desde la fecha de terminaci.....