Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Guarenas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ACUERDA que el cumplimiento de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, que le fuera impuesta al IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de dos (02) AÑOS, culminará en su totalidad el día NUEVE (09) DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ (2010), y la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de seis (6) meses, culminara en su totalidad en fecha 09 de diciembre del año 2008; quien fue sancionado por la comisión del delito de ROBO AGRAVAO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana: SIERRA HERNANDEZ FEINETH, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica pa.....