...Tribunal NIEGA la admisión de la Reconvención propuesta. Así se declara.-
Respecto a la forma de rendir al cuenta, establece el artículo 676 del Código de Procedimiento Civil, que en todo caso la cuenta deberá presentarse de la siguiente manera:
1) en términos claros y precisos,
2) año por año, y
3) con sus cargos y abonos cronológicos, de manera que pueden ser examinados fácilmente, con la presentación de libros, instrumentos, comprobantes y papeles pertenecientes a la cuenta.
El Tribunal al respecto observa:
De la revisión de los recaudos consignados por la parte demandada, se evidencia que solamente presentó copia fotostática del Registro Mercantil de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LARCOMAR C.A., y ( 7) facturas en original y copias al carbón. Por lo tantoEstima el Tribunal, que los recaudos presentados por el demandado para rendir las cuentas, no llenan los extremos de los Artículos 673 y 676 ejusdem antes citados, por lo que no puede considerarse que las cuent.....