"... este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN consignada en fecha 12 de abril de 2011, por los ciudadanos GUSTAVO OTERO, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.485.439, en su carácter de parte actora, representado por la Dra. MARISOL VIERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 100.646, en su carácter de Procuradora de Trabajadores del Estado Miranda, por una parte, y por la otra, los abogados ALFREDO TOVAR AGREDA y LUIS SOSA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 14.328 y 28.605, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, sociedad mercantil PARADOR GRILL DE GUARENAS, C.A. ..."