...DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de los jóvenes adultos IDENTIDAD OMITIDA residenciado en: Barrio Vista Hermosa, Sector La Capilla, Calle San José, casa N° 29, Cúa Edo. Miranda, hijo de, de Corina Castro, instruida por el delito de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en virtud al tipo penal de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 Código Penal Vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos. Ello de conformidad con los artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 561 literal "d" ejusdem, por evidenciarse la falta de condición necesaria para imponer la sanción, al haber operado en el presente caso la PRESCRIPCIÓN por haberse extinguido la acción penal. Así se decide.-