Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos ERNESTO ALZURO Y GANDHY YULLIARDS ZAMBRANO RODRÍGUEZ, identificados ut supra, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en la resolución Nro. 2009-0006 de fecha 18/03/2009 DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JHON AMIN PALMA FRANCIA venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-14.839.247, sobre las bienhechurías construías en un lote de terreno, ubicado en Marare, caminería Alzuro con calle Principal de Marare casa Nro. A-11, Ocumare del Tuy, Municipio Tomas Lander, estado Bolivariano de Miranda, con las siguientes características: Superf.....