...DECLARAR SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Abg. MERCEDES ADRIAN, actuando en su carácter de Defensor Público Penal, del acusado BRAVO CABELLO DOUGLAS ENRIQUE, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 14.970.631, Nacionalidad Venezolano, natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, fecha de nacimiento 10-01-1984, 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, hijo de JUANA ADOLFINA BRAVO (V) y LUICIO JESUS BRAVO CASTELLANO (V), de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, en el sentido que se sustituya la privación judicial preventiva de libertad decretada a su defendido, por una menos gravosa y NIEGA LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD POR UNA MEDIDA CAUTELAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 244 y 264, ejusdem, e.....