De conformidad con lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, ABSUELVE al ciudadano WILLIAM MANUEL TRUJILLO MACERO, titular de la cédula de identidad N° V-15.890.874, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Ocumare del Tuy, Municipio Tomás Lander del estado Bolivariano de Miranda, donde nació el 21-12-1981, de edad 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, laborando en el Relleno Sanitario La Bonanza, residenciado en el Sector El Rodeo, vía Cúa-San Casimiro, Camatagua, Finca El Rodeo, casa sin número, estado Bolivariano de Miranda, teléfono de ubicación 0414-400.52.22, de los cargos que por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 406 numerales 1 y 2, y 277, respectivamente, ambos del Código Penal venezolano, este último en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, le atribuyó la representación del M.....