Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA AL CIUDADANO MARCO ANTONIO APONTE SUTIL, venezolano, nacido en fecha 22-02-80., de 23 años de edad, soltero con Cédula de Identidad N° 15.698.019, residenciado en el Barrio Los Cerritos Sector Los Tramposos, calle Caucagua, casa sin número Caucagua, Estado Miranda, a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS NUEVE (9) MESES DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de LESIONES GRAVISIMAS, LESIONES LEVES, HURTO SIMPLE Y ROBO GENERICO, tipificados y sancionados en los artículos 416, 418, 453 y 457, respectivamente, mas las accesorias, contempladas en el artículo 13, todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: JOSE NORBERTO TORO URBINA, ARCADIO ARMAS, DEIBIS DE LA CRUZ DELION RODRIGUEZ, YHOJAN ALEXANDER PLAZA TORREALBA Y VICTOR FLORES BANDRES.