La juez acuerda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emitir los siguientes pronunciamientos
1- Revisadas las actuaciones, así como los reconocimientos en rueda de individuos Acuerda, que la presente investigación se prosiga por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. Existen muchas pruebas que realizar como la autopsia, las experticias respectivas, tomar declaraciones.-.
2.- En lo que respecta a la nulidad solicitada por la defensora, es evidente que existe una violación al artículo 44 de la CRBV, si bien es cierto que no existió orden de aprehensión, es cierto que existe un hecho punible que no está prescrito, por ello insta a la fiscal para que inicie las investigaciones en contra de los funcionarios aprehensores.
3.-Por cuánto está demostrado la participa.....