...este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículo 12, 206, 212 y 243 del Código de Procedimiento Civil, ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de emitir pronunciamiento respecto de la admisibilidad de las pruebas promovidas por las apoderadas judiciales de la parte actora, abogadas LUISA CAROLINA DESVOIGNES LUNA y MARYALIS YOLEITZA PACHECO DE RODRÍGUEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.729.648 y V-18.538.285, respectivamente, abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 214.313 y 306.044, también respectivamente, y consecuentemente, se declara la nulidad del auto dictado en fecha 20 de abril de 2023, cursante alos folios .....