...PRIMERO: Se determina que el ciudadano LUIS ALBERTO GONZÁLEZ ROMERO, titular de la cédula de identidad personal número V-14.480.398, lleva privado de su libertad, a la fecha, y desde la data de su detención, un lapso de TRES (03) AÑOS, UN (01) MES y SIETE (07) DÍAS, pero siendo que en el día de hoy, once (11) de agosto del año dos mil nueve (2009), de conformidad con los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, emitió pronunciamiento este órgano jurisdiccional declarando la redención de la pena del ciudadano en cuestión por tiempo de DOS (02) MESES, VEINTICINCO (25) DÍAS y SIETE (07) HORAS, es por lo que, adicionando este tiempo al lapso previamente precisado en cuanto a privación de libertad, se advierte que la persona del condenado ha cumplido para la presente fecha, TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES, DOS (02) DÍAS y SIETE (07) HORAS, faltándole por cumplir, de la pena principal de presidio de ONCE (11) AÑOS, ONCE (11) MESES y V.....