...declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos CARMEN DOLORES DÍAZ de PERDOMO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-3.123.014, NOHEMY DE LOS ÁNGELES PERDOMO DÍAZ, FRAN JACINTO PERDOMO DÍAZ, HECTOR RAMÓN PERDOMO DÍAZ, FREDDY CIRILO PERDOMO DÍAZ, ZULAY ANDREA PERDOMO de SALAZAR, HENRY MANUEL PERDOMO DÍAZ, LILIANA COROMOTO PERDOMO de ARREAZA, y RAMONA MARÍA PERDOMO de PADILLA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.589.703, 10.278.849, 6.455.666, 8.677.358, 6.456.034, 14.481.699, 11.038.771 y 8.682.262, respectivamente, en su condición de causahabientes (viuda e hijos), son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante CÉSAR RAMÓN PERDOMO MONTERREY, quien fuera venezolano y titular de la Cédula de Identidad Nº V-615.031.