... Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 242, 243, 254, 362 y 887 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1354 del Código Civil, en concordancia con el literal B) del Artículo 38 y artículo 39 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano JESÚS ALEXIS TORTOZA PÉREZ, contra la ciudadana MARISELA CABRERA LEÓN, plenamente identificados.