Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero en Función de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA del acto conclusivo presentado por la Fiscal Décima Tercera del Ministerio Público, Dra. IBIS LORENA TOURS, consistente en la acusación presentada en contra del ciudadano DAZA PLATA LENIN MARCK, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, y como consecuencia de ello, todas las actuaciones subsiguiente a la acusación Fiscal , salvo la presente decisión, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 en relación con el 195 ejusdem, por violación del Debido Proceso, el Derecho a la Defensa y el Derecho a ser oído, según lo establecen los artículos 23,26, y 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 1,12,13,1.....